Declaración del Alquiler
Alquilar una vivienda, puede ayudarte a largo plazo a obtener beneficios económicos.
Pero no hay que olvidar comunicar dichos beneficios a Hacienda para que puedan comprobar su procedencia.
Debes presentar la renta como “Arrendador” e indicar en la casilla 0102 de la renta lo que has cobrado por el alquiler o arrendamiento de forma íntegra sin
hacer ningún descuento, ya que estos se harán en las casillas siguientes donde se tendrán en cuenta los gastos para descontar de los beneficios obtenidos.
Diferencias entre Desgravar y Deducir
Estos conceptos se parecen, pero no son lo mismo. Desgravar es deducir ciertos gastos que se pueden restar a la base imponible y deducir cuando le restas un porcentaje concreto, por ejemplo, el de una donación.
DEDUCCIONES en la renta de 2024:
Si durante el 2024 se alquiló tu piso a un inquilino que estuvo viviendo
de forma permanente, tendrás que tributar solo el 50 % de los
beneficios que obtengas. Requisito imprescindible es que sea la
residencia habitual del inquilino y que sea persona física, ya que los
alquileres destinados a oficinas, comercios o entidades jurídicas están
excluidos
Los gastos para DESGRAVAR en la renta del 2024:
- Conservación y reparación de vivienda: Gastos de obras realizados en el piso alquilado para asegurar las condiciones de habitabilidad exigidas.
- Gastos derivados del contrato de alquiler: Formalización del contrato de arrendamiento, subarriendo, cesión o constitución del derecho y los de carácter jurídico relativo a la defensa de bienes, derechos y rendimientos.
- Tasas municipales, IBI, gastos de comunidad, intereses de hipoteca: Dichas tasas e IBI deben haber sido pagados por el arrendador, en caso contrario no podrán ser desgravados.
- Muebles y electrodomésticos: Si como propietario sustituyes o compras un mueble, puedes desgravarlo como gasto amortizable en el IRPF. También puedes desgravarte el 10 % del valor del elemento comprado en el apartado “Amortizaciones” y si además lo financias, puedes incluir la parte correspondiente a los intereses.
Ingresos íntegros de una vivienda alquilada en 2024
Son todos los ingresos que recibes por el alquiler de una vivienda ya sea en metálico o en especie (a cambio de bienes o servicios)
INCLUIR OBLIGATORIAMENTE
* Todos los importes y cantidades de la renta del alquiler
* Lo que repercutas como propietario al inquilino (ya sea por obras ,
servicios o tributos )
* Importe de los bienes que has cedido junto a la vivienda (inventario de
muebles y electrodomésticos con el que has alquilado la vivienda)
Declarar el IRPF por alquiler en 2024
1º Identificar la vivienda en alquiler cuando hagas el IRPF, para lo cual
habrá que indicar los datos de la misma en el apartado C de bienes
inmuebles, las casillas que van desde la 0061 hasta la 0075. Estas
casillas servirán para que puedas identificar rápidamente el inmueble
que tienes en alquiler. La forma más sencilla de conseguir estos
datos es fijándote en tu declaración de la renta del año pasado. Así
sabrás que no te confundes.
2º Si la propiedad es compartida con más personas, hay que declarar la parte porcentual del alquiler que percibas. Es el caso de unos hermanos que reciben como herencia o cuando dos personas contraen matrimonio y la adquieren conjuntamente. Se conoce en el C.C como comunidad de bienes pronidivisa, una forma jurídica que existirá desde
el momento en que se forma, aunque no se haya registrado
formalmente.
Si la vivienda es propiedad de 2 personas (independientemente de que estén casados, o estén en régimen de separación de bienes) que la poseen al 50 %, ambas deben firmar el contrato de alquiler, no puede haber desacuerdo en una de las partes. Si uno de los propietarios tiene mayor porcentaje, solo será necesaria su firma, aplicando el criterio de la mayoría proporcional.
Vivienda con varios propietarios: Si todos están de acuerdo a la hora de alquiler, todos deberán firmar el contrato. Si uno o varios copropietarios no están de acuerdo con la puesta en alquiler o con las condiciones negociadas, el resto de copropietarios podrá poner igualmente la vivienda en alquiler se dan dos condiciones.
* Que sean mayoría los copropietarios favorables al alquilar
* Que el alquiler no tenga una duración superior a los seis años C.C
FECHAS CLAVES PARA LA RENTA EN EL 2025

- 2 de abril 2025: Se abre el plazo para pedir cita previa para declaración telefónica.
- 29 de abril al 27 de junio 2025: Se abre el plazo para pedir cita previa para confeccionar la declaración de la Renta en modalidad telefónica.
- 6 de mayo 2025: Comienza la presentación telefónica de la Renta.
- 29 de mayo al 27 de junio 2025: Solicitud de cita para la declaración presencial.
- 2 de junio 2025: Inicio de la presentación presencial.
- 30 de junio 2025: Fecha límite para la presentación de la declaración de la Renta 2024 en todas sus modalidades.

Pilar Moreno: Consultora en Medicina del Habitat : Geobiología y Biohabitabilidad , Radiestesia , Radionica, Feng Shui, Limpiezas energéticas de espacios , Terapeuta en Medicina Natural , Flores de Bach, Aromaterapia, Gemoterapia, tratamientos para personas y animales